SECRETARIAHorario de atención al público


LUNES - JUEVES 16 a 20:30 / VIERNES 10 a 13:30

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Trámites

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CALENDARIO DE TRÁMITES

Solicitud de simultaneidad

del 1 al 15 de marzo

Solicitud de participación en las Pruebas de Certificación (alumnado oficial)

del 1 al 18 de abril

Matriculación del alumnado libre

del 1 al 15 de abril

Anulación de matrícula

hasta finales de abril

Periodo de preinscripción

del 1 al 20 de mayo

Matriculación

del 1 al 10 de julio

Plazo extraordinario de matriculación

del 1 al 16 de septiembre

PRUEBA INICIAL DE CLASIFICACIÓN

Las Pruebas Iniciales de Clasificación (PIC)  determinan el nivel de competencia en el idioma, y, por lo tanto, el curso idóneo para el nuevo alumno/a.

La PIC debe realizarla el alumnado de nuevo ingreso admitido en el 1º curso del Nivel Básico que desee acceder a un curso superior. También se aconseja realizar la PIC al alumnado que, aun disponiendo de algún título reconocido, desee acceder al curso que mejor corresponda a su dominio actual del idioma.

El alumnado que desee realizar la PIC, deberá hacerlo constar en su solicitud de admisión.  Sólo podrá someterse a esta prueba el alumnado que acceda por primera vez a los estudios de un idioma determinado en la Escuela Oficial de Idiomas.

La matrícula en el nivel acreditado por la PIC está sujeta a la existencia de vacantes en dicho nivel.

SIMULTANEIDAD

Deberá solicitar la simultaneidad:

  • El alumnado de la EOI Accitania (modalidad presencial, semipresencial o CAL) que quiera realizar matrícula libre para las pruebas específicas de certificación en un idioma distinto al que cursa oficialmente (en nuestra escuela o en cualquiera de las de la Comunidad Autónoma de Andalucía).

El alumnado solo podrá presentarse en el mismo año académico a la prueba de certificación de un único nivel por idioma.

El plazo para solicitar la simultaneidad de matrícula oficial y libre en las escuelas oficiales de idiomas es el comprendido entre el 1 el 15 de marzo.

BECAS

La tramitación de la beca se realizará a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (http://sede.educacion.gob.es).

El trámite se titula: Becas y ayudas a alumnos de niveles postobligatorios.

No olvide que los plazos para las solicitudes para el curso siguiente son del 27 de marzo al 17 de mayo.

El alumnado que solicite beca debe adjuntar a la documentación de su matrícula el justificante de haberla solicitado. Una vez resuelta la convocatoria de beca, quienes hayan resultado beneficiarios de la misma deberán presentar la resolución de concesión en la Secretaría del centro y el centro tramitará la devolución de las tasas.

TÍTULOS Y CERTIFICADOS

1. Certificación académica

El alumnado oficial y libre podrá solicitar en la Secretaría de la EOI una certificación académica de los estudios realizados en cualquier nivel y curso de nuestro centro. Deberá rellenar la solicitud de expedición de certificación académica Solicitud de certificación académica y adjuntar una fotocopia de su DNI.

2. Certificaciones parciales por actividades de lengua

El alumnado que no haya superado una prueba de certificación, podrá solicitar una certificación de haber superado alguno/os de los ejercicios que la componen. Esta certificación no eximirá de la realización de los ejercicios correspondientes de las pruebas a las que el alumno/a se presente en el futuro.

3. Certificación de matrícula

El alumnado oficial y libre podrá solicitar en la Secretaría de la EOI una certificación de los estudios en los que se encuentre matriculado.

4. Solicitud de títulos

Para ello se entregará en la Secretaría de la EOI la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte.

b)  Solicitud de título. Solicitud de título.

c) “Ejemplar para la administración” del talón de cargo del modelo 046 como justificante de las tasas abonadas correspondientes.

Ayuda: – Tutorial para rellenar el talón de cargo 046. Cómo rellenar el talón de cargo 046.

– Importe de las tasas. TASAS 24.

La  recogida del título debe realizarse en la Secretaría del centro por la persona titular o autorizada.

6. Validez de los certificados y títulos.

La Consejería competente en materia de Educación determinará la valoración de los certificados y títulos de Nivel Básico, de Nivel Intermedio y de Nivel Avanzado en los procesos de reconocimiento de méritos que gestione.

Las universidades convalidan por lo general el idioma de la carrera a quienes están en posesión de los certificados o títulos mencionados anteriormente.

ADMISIÓN

1. Requisitos de acceso

Modalidad presencial:

Para acceder a la modalidad presencial tendrás que tener cumplidos, como mínimo, 16 años antes de que finalice el año natural en el que comienza el curso escolar. También podrás acceder a dichas enseñanzas si eres mayor de 14 años y quieres matricularte en un idioma distinto al que cursas como Primera Lengua Extranjera en la ESO.

Modalidad semipresencial:

Los solicitantes deben tener 18 años a fecha 31 de diciembre del año en curso. Como única excepción, serán válidas las solicitudes de mayores de 16 años (cumplidos antes del 31 de diciembre del año en curso) que acrediten alguna de las situaciones siguientes:

1. Ser persona trabajadora por cuenta propia o ajena que no le permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario.

2. Ser deportista de rendimiento de Andalucía o de alto rendimiento o de alto nivel.

3. Encontrarse en situación personal extraordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra situación que le impida cursar las enseñanzas en régimen ordinario, quedando incluidas las mujeres víctimas de la violencia de género y las personas víctimas de terrorismo, así como sus hijos e hijas, y las personas que se encuentren en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión.

Cursos de actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas (cursos monográficos):

Los solicitantes deben tener 16 años a fecha 31 de diciembre del año en curso.

Si el curso es de un nivel superior al primer curso de nivel Básico, el alumnado deberá aportar la documentación académica preceptiva o solicitar una Prueba Inicial de Clasificación (PIC) marcando la casilla correspondiente del impreso de admisión.

2. ¿Quién tiene que solicitar la admisión?

2.1. Nuevo alumnado 

Todo el alumnado que desee cursar estudios en la Escuela Oficial de Idiomas por primera vez debe solicitar plaza.

 2.2. Antiguo alumnado

El antiguo alumnado deberá solicitar plaza en cualquiera de los siguientes casos:

  • El alumnado oficial de la propia Escuela que haya interrumpido sus estudios y desee retomarlos.

  • El alumnado que proceda de otra Escuela Oficial de Idiomas o que haya cursado inglés en la modalidad semipresencial o a distancia y desee incorporarse a la modalidad presencial.

  • El alumnado que proceda del régimen de enseñanza libre y desee continuar sus estudios en el régimen de enseñanza oficial.

  • El alumnado que haya anulado la matrícula en el curso anterior.

3.  ¿En qué nivel puedo preinscribirme?

El alumnado de nuevo ingreso puede acceder al 1º curso de Nivel Básico o a cualquiera de los niveles superiores aportando la documentación académica preceptiva o solicitando una Prueba Inicial de Clasificación (PIC) marcando la casilla correspondiente del impreso de admisión.

La adscripción directa del alumnado a un curso determinado a través de estos procedimientos no supondrá el reconocimiento académico de haber superado los cursos anteriores, ni la obtención de los certificados de nivel correspondientes.

Aquí puedes consultar los criterios de admisión.

4. Documentación para la admisión

4.1 Modalidad presencial de cursos generales

1.- Nuevo alumnado

 – Solicitud de admisión por duplicado. IMPRESO ADMISIÓN.

-Fotocopia del DNI del solicitante y del padre/madre/tutor/a legal, si es menor de edad.

-Título y expediente académico de bachiller en el que conste el primer idioma extranjero en el caso del alumnado que desee acceder directamente al Nivel Intermedio B1 de dicho idioma.

– Expediente académico del primer curso de Bachillerato en el que conste como superado el primer idioma extranjero en el caso del alumnado que desee acceder directamente al 2º curso del Nivel Básico de dicho idioma.

– Acreditación de competencias suficientes en un idioma, mediante los certificados que se relacionan en el Anexo III de la Orden de 31 de enero de 2011 en el caso del alumnado que desee acceder directamente a un nivel determinado.

– Certificado del primer idioma extranjero cursado en su centro (ESO, Bachillerato o FP grado medio/superior) en el caso del alumnado que cumpla 14 años antes del 31 de diciembre del año en curso y menor de 16 años, que solicite otro idioma distinto al que curse como primer idioma en su centro educativo.

– Documentación  que acredite las siguientes circunstancias que afectan a la admisión:

  1. Discapacidad: documentación oficial correspondiente.

  2. Desempleado/a: certificación emitida por el Servicio Andaluz de Empleo.

  3. Empleado/a: certificación de estar dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social o mutualidad y copia del contrato de trabajo.

  4. Estudiante: certificación del centro donde esté cursando los estudios.

  5. Titulación: copia compulsada del título.

– Expediente académico (sólo si no consta la nota media en la titulación aportada).

– Información de carácter tributario. 

2.- Antiguo alumnado

– Solicitud de admisión por duplicado. IMPRESO ADMISIÓN.

-Fotocopia del DNI del solicitante y del padre/madre/tutor/a legal, si es menor de edad.

-Documentación  que acredite las diversas circunstancias que afectan a la admisión:

  1. Discapacidad: documentación oficial correspondiente.

  2. Desempleado/a: certificación emitida por el Servicio Andaluz de Empleo.

  3. Empleado/a: certificación de estar dado de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social o mutualidad y copia del contrato de trabajo.

  4. Estudiante: certificación del centro donde esté cursando los estudios.

  5. Titulación: copia compulsada del título.

-Expediente del alumnado proveniente del programa That’s English! o similar  o procedente de otra Escuela Oficial de Idiomas.

4.2. Modalidad presencial de cursos CAL

1. Nuevo alumnado 

– Solicitud de admisión por duplicado. IMPRESO ADMISIÓN CAL.

– Fotocopia del DNI del solicitante.

– Certificación de estar prestando servicios en un centro bilingüe y estar impartiendo enseñanza bilingüe de áreas o materias no lingüísticas IMPRESO CERTIFICADO CAL.

-Compromiso a prestar enseñanza bilingüe en un centro bilingüe IMPRESO COMPROMISO CAL.

2. Antiguo alumnado

– Solicitud de admisión por duplicado. IMPRESO ADMISIÓN CAL.

-Fotocopia del DNI del solicitante.

-Expediente del alumnado proveniente del programa That’s English! o similar  o procedente de otra Escuela Oficial de Idiomas.

4.3. Modalidad semipresencial

– Solicitud de admisión por duplicado. IMPRESO ADMISIÓN.

-Fotocopia del DNI del solicitante y del padre/madre/tutor/a legal, si es menor de edad.

-Documentación  que acredite las diversas circunstancias que afectan a la admisión:

-Discapacidad: documentación oficial correspondiente.

– Información de carácter tributario.

– Documentación que acredite alguna de las situaciones a las que se refiere el artículo 13.2 del Decreto 359/2011 de 7 de diciembre, en el caso de mayores de 16 años (cumplidos antes del 31 de diciembre del año en curso).

6.4. Cursos de actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas (cursos monográficos)

– Solicitud de admisión por duplicado. admisión monográficos

– Fotocopia del DNI del solicitante y del padre/madre/tutor/a legal, si es menor de edad.

– Acreditación del nivel requerido del idioma.

– Documentación  que acredite la discapacidad, en su caso.

7. Modos de entrega de la documentación requerida

–  En la Secretaría de la Escuela Oficial de Idiomas, sin obligación de hacerlo personalmente. Puede hacerlo otra persona en su nombre sin necesidad de autorización.

– Por correo electrónico al 18003363.edu@juntadeandalucia.es

– Por alguno de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y 83 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud pueda ser fechada y sellada por el personal de la misma.

– De forma electrónica a través de la Secretaría virtual o mediante el acceso a las direcciones oficiales de Internet de la Administración de la Junta de Andalucía o de la Consejería competente en materia de Educación. Para la presentación electrónica de las solicitudes, es necesario disponer de un certificado de usuario reconocido que habilite para utilizar una firma electrónica avanzada.

o ficticio

Espacio ficticio

MATRICULACIÓN

El alumnado admitido deberá presentar la documentación siguiente para su matriculación:

1. Alumnado oficial

 Nuevo alumnado: 

DNI (original y fotocopia)

Justificante del pago de las tasas: Modelo 046

Ayuda: – Tutorial para rellenar el talón de cargo 046. Cómo rellenar el talón de cargo 046.

– Importe de las tasas. TASAS 24.

Dos fotografías de tamaño carnet

Fotocopia de la titulación académica

Impreso de Matrícula en dos ejemplares debidamente cumplimentado:

– Impreso de matrícula. Impreso matrícula. 

– Impreso de matrícula alumnado CAL. Impreso matrícula CAL.

– Impreso de matrícula cursos monográficos. Impreso matrícula monográficos.

En su caso, título de familia numerosa (original y fotocopia)

Antiguo alumnado:

Justificante del pago de las tasas (Modelo 046

Ayuda: – Tutorial para rellenar el talón de cargo 046. Cómo rellenar el talón de cargo 046.

– Importe de las tasas. TASAS 24.

Una fotografía de tamaño carnet

Impreso de Matrícula en dos ejemplares debidamente cumplimentado.

– Impreso de matrícula. Impreso matrícula. 

– Impreso de matrícula alumnado CAL Impreso matrícula CAL.

– Impreso de matrícula cursos monográficos. Impreso matrícula monográficos.

En su caso, título de familia numerosa (original y fotocopia)

Si la documentación correspondiente no está completa, no se aceptará la matrícula.

2. Alumnado libre:

DNI (original y fotocopia)

Justificante del pago de las tasas (Modelo 046

Ayuda: – Tutorial para rellenar el talón de cargo 046. Cómo rellenar el talón de cargo 046.

– Importe de las tasas. TASAS 24.

Una fotografía de tamaño carnet

Fotocopia de la titulación académica

Impreso de Matrícula en dos ejemplares debidamente cumplimentado.

– Impreso de matrícula. Impreso matrícula. 

En su caso, título de familia numerosa (original y fotocopia)

Certificado de empadronamiento

3. Plazo y entrega de los documentos:

El plazo de matrícula es del 1 al 10 de julio y del 1 al 16 de septiembre.

La documentación de matrícula se puede entregar en la Secretaría de la Escuela Oficial de Idiomas, enviar al correo electrónico del Centro (18003363.edu@juntadeandalucia.es) o se puede remitir a través de la Secretaría Virtual en el Portal de Educación Permanente.

La documentación se puede remitir también por alguno de los medios contemplados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y 83 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud pueda ser fechada y sellada por el personal de la misma.

TRASLADO DE MATRÍCULA O EXPEDIENTE

Traslado de matrícula

El traslado de matrícula consiste en trasladar la matrícula viva de una escuela a otra para permitir al alumno/a continuar sus estudios en otro centro, siempre y cuando el centro receptor disponga de plazas vacantes. Se puede solicitar hasta finales del 2º trimestre.

Aquí puede rellenar y descargar la solicitud de traslado de matrícula viva. Traslado de matrícula viva. 

El traslado de matrícula dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía debe estar autorizado:

  • En el primer trimestre, por el Director del centro receptor.

  • En el segundo trimestre, por el Delegado Territorial (cuando el traslado se produce dentro de la misma provincia) o por el Director General de Educación Permanente (cuando el traslado se produce entre provincias). En ambos casos, la solicitud se realiza al Director del centro, y este la elevará a la instancia pertinente.

El traslado de matrícula desde otra Comunidad Autónoma debe estar autorizado por el Director General de Educación Permanente de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte. En este caso, se deberán abonar las tasas establecidas para la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Traslado de expediente

El traslado de expediente consiste en trasladar el expediente académico de una escuela a otra sin que el alumno/a esté actualmente matriculado en la escuela de origen y desea matricularse en otro centro. El traslado estará sujeto a la disponibilidad de plazas vacantes en el centro receptor. El traslado lo debe solicitar el alumno/a en el centro de destino.

ANULACIÓN DE MATRÍCULA

La anulación de matrícula oficial se puede solicitar hasta finales del mes de abril. En ningún caso la anulación de matrícula dará derecho a la devolución de las tasas académicas abonadas y sólo podrá ejercerse una vez por curso académico.

La solicitud de anulación se presentará en el centro y será la Dirección del Centro el órgano competente para la resolución. El alumnado cuya anulación haya sido concedida, será considerado antiguo alumnado a efectos de tasas, si bien tendrá que realizar la preinscripción para reanudar sus estudios en la Escuela como alumnado oficial. En este caso, la matrícula no será computada a los efectos del número máximo de años de permanencia en las EEOOII.

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